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Falta de manual impide sancionar uso incorrecto de símbolos nacionales

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Las sanciones que van de 50 hasta 5 mil dólares por el mal uso de los símbolos patrios, decretadas por la Ley 2 de 23 de enero de 2012, no han podido ejecutarse debido a que el manual sobre el uso correcto de los símbolos patrios, que exige esta norma, aún no lo han terminado de corregir.

Así lo informó el presidente de la Comisión Nacional de Símbolos Patrios (CNSP), Luis De Ycaza, quien agregó que este documento fue revisado en cuatro ocasiones por Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno durante el pasado gobierno y dos veces en la actual administración.

Los últimos cambios fueron enviados a los abogados hace un mes, y tenemos más de dos años tratando de concluirlo, dijo De Icaza.

Esta norma reforma la Ley 34 de 1949, que adopta como símbolos de la nación la bandera, el himno y el escudo, y reglamenta su uso.

Sobre el uso incorrecto que le daban a la bandera nacional entidades de la Fuerza Pública, en sus uniformes, manifestó que esta falla se logró corregir, luego de reuniones con los directores de la Policía Nacional, Servicio Nacional de Fronteras y el Servicio Nacional Aeronaval.

La norma también prohibía el uso del emblema nacional en los uniformes de la selección nacional de fútbol, pero el pasado gobierno hizo modificaciones para que se pudiese usar.

Hay que denunciar mal uso de símbolos patrios

El artículo 38 de la Ley 2 de 23 de enero de 2012 señala que todo ciudadano debe convertirse en guardián de los símbolos de la Nación.

Al ser interrogado sobre si esto se cumple, el presidente de la Comisión Nacional de Símbolos Patrios aseguró que sí. Como ejemplo mencionó que gracias a las denuncias de varias personas sobre la existencia de sitios en internet los cuales vendían productos con impresiones de la bandera y el escudo panameño se logró que 25 distribuidoras suspendieran esta actividad.

Lo que hacían era vender sus productos a los panameños que residen en el exterior y deseaban tener algo que les recodara a su país, indicó.

Agregó que esto no solo lo impide la ley panameña sino también el Convenio de París, el cual prohíbe la comercialización de símbolos patrios con fines lucrativos.

 


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